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La Audiencia Nacional dicta auto de apertura del juicio oral en el caso AVA

By 21 de mayo de 2002noviembre 5th, 2020No Comments

El Auto de apertura del Juicio Oral no acepta la posición de ADICAE respecto a a la responsabilidad civil subsidiaria de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), pero ADICAE insistirá en esta posición a lo largo del juicio oral, sin que esto signifique el deseo de que sea la CNMV la que cargue con las culpas, sino que, en caso de que los responsables, una vez determinadas dichas responsabilidades por la Audiencia Nacional, no puedan pagar lo que deben a los afectados.

Del mismo modo el Auto no acepta la posición del Fiscal y de ADICAE de adoptar las máximas medidas cautelares, por ejemplo la obligación de los acusados de presentarse en el Juzgado diariamente. ADICAE considera que, en los delitos de cuello blanco, mientras no aparezca todo el dinero defraudado, los presuntos delincuentes deben de asiganrseles las máximas medidas cautelares y en su día el cumplimiento íntegro de las penas sin beneficios penitenciarios. En este sentido se esta dirigiendo a los órganos legislativos para que se plasme así en la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal y Código Penal como única medida ejemplarizante para acabar con la lacra de la corrupción en los servicios financieros con repercusiones masivas en los consumidores y usuarios, que de otra manera podrían ser considerados como un negocio redondo para los que cometen estos delitos.

El Auto acusa de multiples delitos como los de: estafa continuada, apropiación indebida y diversos tipos de delitos societarios siendo muy elevadas las penas solicitadas por el Fiscal, ADICAE y otras acusaciones personadas.

ADICAE que, precisamente, mañana jueves, 23 de mayo, realizará en la Bolsa de Madrid una Jornada sobre: «La nueva Ley Financiera, las lecciones de los casos AVA, GESCARTERA, BBVA, Etc.» quiere implicar al Gobierno y a los Grupos Parlamentarios en una legislación que permita impedir estos fraudes y dotar de todos los medios necesarios a los Organismos Reguladores del mercado y a la Justicia o que les permitan, como objetivo fundamental, la recuperación de los fondos defraudados el castigo pertinente.