Este trabajo pretende adentrarse, con las especiales limitaciones propias del espacio concedido, a estudiar esta reforma centrándonos en los avances y los olvidos de la reforma proyectada y convalidada el pasado mes de enero por las Cortes Generales.
La sentencia TJUE, Sala Tercera, de 11 de enero de 2024, analiza si un contrato de crédito al consumo que se ha concedido incumpliendo la obligación de evaluar la solvencia del consumidor es nulo.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz, en su Sentencia número 200/2021, de fecha 4 de marzo de 2021, dictó una sentencia pionera, absolutamente rompedora y novedosa que zanja de forma definitiva una cuestión que ha hecho correr miles de litros de tinta y que creaba enorme controversia. En dicha sentencia, por fin, establece criterio al desestimar íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la entidad Unión de Créditos Inmobiliarios S.A., establecimiento financiero de crédito (Banco Filial del Grupo Santander), contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Jerez de la Frontera, con fecha 23 de febrero de 2018, que ya declaraba dicho sistema de amortización nulo.
El 6 de Junio de 2017 se ponía en marcha el mecanismo de resolución de la entidad que dio lugar a esas pérdidas y a unas luchas en el ámbito jurídico en todas las jurisdicciones con distintos resultados y eventualidades. Una de ellas, la jurisdicción penal, a día de hoy la única que permanece activa en febrero de 2024, aún se encuentra en fase de instrucción de un procedimiento penal en el que se enjuicia a directivos de la entidad y donde el Banco de Santander aún permanece como responsable civil subsidiario a pesar de haber intentado a lo largo de todo el proceso de zafarse de cualquier responsabilidad.
El pasado mes de diciembre Centros Ideal cerró todos sus centros en España. Sin previo aviso y únicamente con un comunicado en su página web donde se informaba de lo siguiente: “debido a la situación económica que llevamos atravesando desde la pandemia, y a pesar de nuestros esfuerzos y de todo nuestro equipo durante todo este tiempo, nos vemos legalmente obligados a proceder al cierre de nuestros centros propios “.
ISSN 2990-3599